Heredar una vivienda no siempre es una buena noticia. A veces puede convertirse en un verdadero quebradero de cabeza, especialmente si son varios los herederos directos del inmueble. Los trámites a realizar cuando recibes una casa son muchos, y hay que hacerlos bien si se quieren evitar problemas fiscales. Además, cuando la vivienda en cuestión va a venderse, hay que tener en cuenta una serie de factores que condicionan la gestión. Estas son las claves para gestionar una vivienda en herencia.
El inmueble no es tuyo hasta que lo aceptas
El hecho de que un familiar haya fallecido y seas el heredero directo no te convierte en el dueño o dueña de su vivienda automáticamente. Las herencias se pueden rechazar. De hecho, en 2017 se produjeron 43.000 renuncias a herencias en España. Para pasar a ser propietario del inmueble heredado debes aceptarlo, firmando ante notario la escritura de adjudicación de la herencia y presentando las escrituras de la casa.
Después, has de cambiar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad. El procedimiento para este paso depende de si ha sido una herencia con testamento, si hay más herederos y si existe un acuerdo entre ellos o no.
Liquidar los impuestos de la herencia
Cuando se tramita la adjudicación de la herencia y la vivienda pasa a ser propiedad del nuevo dueño, a éste le corresponde la liquidación de los impuestos correspondientes. Son dos y es muy importante gestionarlos de forma correcta cuando vamos a venderla:
• Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD): es el impuesto que grava sobre todo tipo de herencias y donaciones, sean inmuebles o no. Una vez inscrita la vivienda heredada en el Registro de la Propiedad, tienes hasta 6 meses para abonar esta tasa, aunque se puede solicitar una prórroga de un año. Se debe liquidar en el territorio en el que tuviese la residencia habitual el fallecido, independientemente de la ubicación del inmueble. El importe varía según la Comunidad Autónoma. En la región valenciana, las deducciones que puedes obtener son las siguientes:
• Impuesto de las Plusvalías municipales: lo grava el Ayuntamiento de cada ciudad cuando vendes la vivienda heredada, y es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Hasta hace poco, existía un conflicto judicial, ya que los ayuntamientos cobraban esta tasa hubiera ganancias con la venta del inmueble o no. Miles de propietarios reclamaron la devolución del impuesto, y el Tribunal Supremo dictó sentencia estableciendo que las plusvalías municipales sólo deben reclamarse si un inmueble se ha vendido a un precio inferior al que se adquirió.
Declarar la vivienda en herencia en el IRPF
Además de estos dos impuesto, no podemos olvidar que la venta de una vivienda se considera una ganancia patrimonial, por lo que tributa en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Hay que declararlo en el mismo año en que se realice la venta, y se tendrá en cuenta -para calcular la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta- el valor que se le dé en la herencia al inmueble.
¿Has heredado una vivienda y quieres gestionar su registro y posterior venta? Pone en contacto con nosotros, los expertos inmobiliarios de Casarrubio te ayudarán a tramitar la aceptación de la herencia, el pago de los impuesto y la venta del inmueble.